Plataforma digital · R.A. 035/2026
Registro de Instituciones de Enseñanza y Certificación de Idiomas Oficiales
Las instituciones de Educación Superior y Alternativa que enseñen o certifiquen idiomas oficiales deben inscribirse y tener sus programas aprobados por el IPELC (arts. 9 al 12).
Inscribir mi institución
Cree la cuenta del responsable y presente la solicitud con los requisitos del art. 11. Puede guardar y seguir otro día.
Empezar la inscripciónContinuar mi trámite
Ingrese para completar la solicitud, responder observaciones o ver el resultado.
IngresarInstituciones habilitadas
Consulte qué instituciones, idiomas y programas están autorizados (art. 10.II).
ConsultarQué necesita tener a mano
- La solicitud formal firmada por la Máxima Autoridad Ejecutiva, en PDF.
- La R.A. de apertura y funcionamiento del Ministerio de Educación.
- El plan y programa de estudio de cada idioma: carga horaria, contenidos, metodología de L2 y sistema de evaluación.
- La nómina de docentes, facilitadores y evaluadores.
- La declaración jurada de sedes, subsedes, infraestructura y modalidades.
Cómo es el trámite
- Crea la cuenta y completa los datos, las sedes, los programas y los documentos.
- Presenta la solicitud. El IPELC la revisa.
- Si hay observaciones, tiene hasta 15 días hábiles para corregirlas (art. 12.II).
- Con la Resolución de aprobación, la institución queda inscrita en el Registro.
Las universidades públicas autónomas hacen un registro informativo: el convenio con el IPELC y sus programas y modelo de certificación.